¿Qué pasa con la residencia de los familiares al perder el titular su autorización Ley 14/2013?

Familia gestionando la modificación de residencia por Ley 14/2013

La Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, permite que determinados familiares de titulares de autorizaciones de residencia obtengan una autorización como familiares acompañantes, que les habilita para residir y trabajar en España mientras se mantenga vigente la autorización del titular principal.

Ahora bien, ¿qué sucede cuando el titular deja de reunir las condiciones que dieron lugar a la concesión de su autorización?

La pérdida de dichos requisitos no solo afecta al titular, sino también a los familiares cuya autorización depende de aquella, quienes deberán regularizar su situación conforme a la normativa aplicable.

¿Los familiares deben comunicar el cambio de circunstancias?

Sí.

Cuando el titular deja de cumplir los requisitos que fundamentaban su autorización, los familiares beneficiarios también deben comunicar esta circunstancia a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

Esta comunicación debe efectuarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se produzca el cambio que impide mantener la autorización de residencia.

¿Pueden conservar su residencia?

Sí, siempre que soliciten la autorización que corresponda en función de su situación personal.

Entre las alternativas más habituales se encuentran:

  • Modificar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Modificar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Mantener la condición de familiar del titular, cuando este obtenga una nueva autorización que lo permita y acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa, incluidos los medios económicos cuando sean preceptivos.

La vía más adecuada dependerá de las circunstancias personales, familiares y laborales de cada solicitante.

¿Cuál es el plazo para solicitar la modificación?

La solicitud de modificación debe presentarse dentro de los tres meses siguientes al cambio de circunstancias.

No debe esperarse a la fecha de caducidad de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). El plazo comienza a computarse desde el momento en que desaparecen las condiciones que justificaban la autorización inicial, con independencia de que la TIE continúe vigente.

Actuar dentro de plazo permite mantener la continuidad de la residencia legal y evitar situaciones de irregularidad sobrevenida.

Conclusión

Las autorizaciones de residencia de los familiares concedidas al amparo de la Ley 14/2013 están vinculadas a la situación del titular principal. Por ello, cuando este deja de cumplir los requisitos que dieron origen a su autorización, los familiares deben comunicar el cambio de circunstancias a la UGE-CE y, en su caso, solicitar la modificación de su autorización dentro de los plazos legalmente establecidos.

Cada caso requiere un análisis individual, ya que la opción más adecuada dependerá de la situación laboral, económica y familiar de cada solicitante.

Si tu situación ha cambiado y tienes dudas sobre cómo puede afectar a la residencia de tu familia, es recomendable solicitar asesoramiento especializado para identificar la alternativa más adecuada y garantizar la continuidad de la residencia legal de todos los miembros de la unidad familiar.

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Liliana Zapata
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