Abogados para nacionalidad española en Madrid
Abogados especialistas en nacionalidad española en Madrid
Como abogado especializado en nacionalidad española en Madrid, te asesoro y gestiono todo el proceso para obtener la ciudadanía por residencia. Te explico los requisitos, plazos y pasos legales para que accedas a la nacionalidad de forma segura y efectiva.
¿Cómo se adquiere la nacionalidad española?
Existen diversas vías para obtener la nacionalidad española.
A continuación, se explican las más comunes y los requisitos para conseguir la nacionalidad:
Importante: Los documentos requeridos, así como la autoridad competente para tramitar la solicitud, varían según la forma en que se pretenda adquirir la nacionalidad.
Existen diversas vías para obtener la nacionalidad española.
A continuación, se explican las más comunes y los requisitos para conseguir la nacionalidad:
Importante: Los documentos requeridos, así como la autoridad competente para tramitar la solicitud, varían según la forma en que se pretenda adquirir la nacionalidad.
1. Nacionalidad por Residencia
Esta modalidad requiere que la persona haya residido legalmente en España durante un período continuo e inmediatamente anterior a la solicitud.
Plazo general:
● 10 años de residencia legal
Plazos reducidos (excepciones):
● 5 años: Personas reconocidas como refugiadas.
● 2 años: Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí.
● 1 año: En los siguientes casos:
- Nacidos en territorio español.
- Personas que no ejercieron oportunamente su derecho a optar por la nacionalidad.
- Quienes hayan estado legalmente bajo tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano/a español/a durante al menos dos años consecutivos.
- Cónyuges de ciudadanos/as españoles/as, siempre que lleven al menos un año de matrimonio y no estén separados legal ni de hecho.
- Viudos/as de ciudadanos/as españoles/as, si al momento del fallecimiento no estaban separados.
- Personas nacidas fuera de España, hijos de padre/madre, abuelo/a originariamente españoles, también nacidos fuera de España.
2. Nacionalidad por Carta de Naturaleza
Es una vía excepcional concedida por el Gobierno mediante Real Decreto, cuando concurren circunstancias especiales que lo justifiquen. Su concesión es discrecional.
3. Nacionalidad para Españoles de Origen
Se considera español de origen a:
● Hijos de padre o madre españoles.
● Personas nacidas en España, hijos de padres extranjeros, cuando al menos uno de ellos haya nacido también en territorio español.
4. Nacionalidad por Posesión de Estado
Se adquiere cuando una persona ha mantenido y ejercido la nacionalidad española durante al menos 10 años, de manera continuada y de buena fe, basándose en un título inscrito en el Registro Civil.
5. Nacionalidad por Opción
Esta vía permite optar a la nacionalidad a:
● Personas que hayan estado o estén sujetas a la patria potestad de un ciudadano español.
● Personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
6. Nacionalidad por Matrimonio
Cuando eres cónyuge de una persona española, no es posible adquirir automáticamente la nacionalidad española. Sin embargo, puedes beneficiarte de la reducción del tiempo legal de residencia requerido, siempre que cumplas con los siguientes requisitos previos a la solicitud:
- Un año de residencia legal y continuada en España.
- Un año desde la fecha de celebración del matrimonio, sin que exista separación legal o de hecho.
Abogado especialista en nacionalidad española
Te asesoramos en todo el proceso para conseguir la nacionalidad.
Si has perdido tu nacionalidad española ¡también lo afrontamos!
- La pérdida y recuperación de la nacionalidad española están reguladas en los artículos 24 a 26 del Código Civil.
- La nacionalidad española puede perderse cuando una persona reside habitualmente en el extranjero y adquiere voluntariamente otra nacionalidad, o utiliza exclusivamente la nacionalidad extranjera que ya tenía.
- La pérdida se produce una vez transcurridos tres años desde la adquisición de la otra nacionalidad o desde que se empezó a usar únicamente la nacionalidad extranjera.
- No obstante, esta pérdida puede evitarse si, dentro de ese plazo de tres años, la persona declara ante el Registro Civil su voluntad de conservar la nacionalidad española.
- De igual manera, quienes hayan perdido la nacionalidad española pueden recuperarla declarando su voluntad de hacerlo ante el Encargado del Registro Civil y presentando la documentación correspondiente.

Contar con un abogado especializado para tramitar tu nacionalidad española hará que el proceso sea mucho más sencillo y seguro. Nuestro despacho de abogados es experto en la materia, te ofrecemos un asesoramiento personalizado, adaptado a la forma en que puedes adquirir la nacionalidad, y nos aseguramos de que toda la documentación esté completa y cumpla con los requisitos exigidos, evitando así errores que puedan retrasar o impedir una resolución favorable.
Además, gestionamos la presentación de tu solicitud para agilizar los trámites. Durante todo el proceso, realizamos un seguimiento constante de tu expediente, respondemos a cualquier requerimiento y actuamos con rapidez ante cualquier incidencia. En caso de que tu solicitud sea denegada o no reciba respuesta en el plazo legal, nos encargamos de presentar los recursos administrativos o contenciosos necesarios para defender tus derechos y aumentar las posibilidades de éxito en el menor tiempo posible. En definitiva, confiar en un abogado te brinda tranquilidad, ahorra tiempo y maximiza las probabilidades de obtener una respuesta positiva.