Abogados de extranjería para estudiantes en Madrid
Solicitud de Estancia por Estudios Iniciales y Prórrogas
Es una autorización para residir en España más de 90 días con fines de estudio. Liliana Zapata se encarga de gestionar todo el proceso legal por ti.
¿Qué es la estancia por estudios en Madrid?
Es una autorización de estancia de larga duración que puede solicitarse desde España y que permite permanecer legalmente en el país por un período superior a 90 días para cursar estudios superiores, como grados universitarios, másteres o programas de doctorado, así como para la realización de estudios de educación secundaria postobligatoria, como el bachillerato.
¿Cómo puedo obtener una autorización de estancia por estudios en España?
Debes cumplir una serie de requisitos, como:
- No encontrarse en situación irregular en territorio español,
- Ser mayor de edad
- Carecer de antecedentes judiciales.
- Presentar la solicitud con una antelación mínima de dos meses a la fecha de inicio de los estudios.
- Contar con medios económicos
- Un seguro de enfermedad
- Haber sido admitido y estar matriculado en un centro de enseñanza autorizado en España, para realizar estudios de educación secundaria o superiores, en el marco de un programa a tiempo completo que conduzca a la obtención de un título reconocido.

¿Si no voy a realizar estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria?
Debes tramitar el visado de estudios en el Consulado de España más cercano a tu lugar de residencia. Desde España, solo se pueden tramitar autorizaciones de estancia para estudios de educación superior y secundaria postobligatoria.
¿Por qué debería contratar a un abogado para ayudarme con mi autorización de estancia por estudios en España?
Debes tramitar el visado de estudios en el Consulado de España más cercano a tu lugar de residencia. Desde España, solo se pueden tramitar autorizaciones de estancia para estudios de educación superior y secundaria postobligatoria.
¿Puedo trabajar en España como estudiante extranjero?
Sí, los estudiantes extranjeros matriculados en educación superior pueden trabajar hasta 30 horas semanales, siempre que la actividad laboral sea compatible con sus estudios.
Esta autorización permite trabajar automáticamente (por cuenta ajena o propia), sin necesidad de solicitud adicional.
¿Qué puedo hacer si tengo problemas con mi solicitud de estancia por estudios?
Si tienes problemas como retrasos, requerimientos adicionales o una posible denegación, es recomendable que contactes con abogados especialistas, quienes te ayudarán a hacer seguimiento, responder requerimientos e incluso interponer recursos.
¿Dónde se presenta la solicitud?
La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se van a realizar los estudios.
Documentación necesaria:
● Formulario oficial EX-00 cumplimentado.
● Pasaporte en vigor, con una validez mínima de un año.
● Certificado médico que acredite que no se padecen enfermedades graves con impacto en la salud pública.
● Prueba de medios económicos suficientes para cubrir la estancia y el retorno al país de origen.
● Seguro médico con cobertura en España.
● Carta de admisión o matrícula en una institución educativa oficial y comprobante de pago de los derechos de inscripción.
● Si la estancia supera los seis meses y la persona es mayor de edad, certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países donde haya residido en los últimos cinco años.
Duración y resolución
El plazo máximo de resolución es de dos meses desde la presentación de la solicitud.
La vigencia de la autorización se ajusta a la duración del curso académico, con un margen adicional de un mes antes del inicio y 15 días después de su finalización.
Si la autorización tiene una duración superior a un año, será necesario presentar anualmente la acreditación de la matrícula o documento similar que demuestre la continuidad de los estudios.
Solicitud de prórroga:
La prórroga se puede solicitar:
● En los dos meses anteriores o tres meses posteriores a la fecha de caducidad de la autorización.
● Solo si se han aprovechado y se continúan los estudios que dieron lugar a la autorización inicial.
¿Cómo se solicita la prórroga?
Por medios telemáticos, mediante representante o por el propio interesado, ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde se van a realizar los estudios.
Duración y límites de la prórroga:
La vigencia de la prórroga se ajusta al nuevo curso académico, con un límite de un año. Se permiten hasta dos prórrogas para estudios superiores.
Importante:
Si estás matriculado para realizar en España estudios que no sean de educación superior ni de educación secundaria postobligatoria, deberás tramitar el visado correspondiente en el Consulado de España más cercano a tu lugar de residencia. En estos casos, no es posible solicitar la estancia por estudios desde territorio español.
En cambio, si vas a cursar estudios de educación superior o secundaria postobligatoria, sí podrás optar por dos vías: solicitar el visado en el Consulado o presentar directamente la solicitud de estancia desde España.