La residencia para nómadas digitales en España es una autorización diseñada para profesionales que trabajan de forma remota y desean establecerse legalmente en el país, sin necesidad de contar con un contrato laboral local..
¿A quién va dirigida?
- A ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea que se encuentren en una de estas situaciones:
- Son empleados de empresas extranjeras, desempeñando su labor de forma totalmente remota.
- Trabajan como autónomos o freelance, prestando servicios a clientes internacionales.
¿Por qué es una opción atractiva?
- No se requiere contrato con empresa española: Puedes seguir trabajando para tu empresa o clientes internacionales.
- Beneficios fiscales: Puedes optar a un régimen fiscal especial (Ley Beckham) que permite tributar con tipos reducidos por tus ingresos extranjeros.
- Reagrupación familiar: Puedes incluir a tu pareja, hijos y familiares dependientes. Los familiares adultos podrán también trabajar en España.
- Tiempo de residencia válido para la nacionalidad: El permiso es válido por hasta 3 años (renovable por 2 años más) y suma para la solicitud de nacionalidad española.
- Tramitación rápida: La administración tiene un plazo máximo de 20 días laborables para resolver. Si no hay respuesta, se aplica el silencio administrativo positivo.
Requisitos principales
- Empresa extranjera establecida: Debe tener al menos un año de actividad y autorizar expresamente el trabajo remoto desde España
- Vínculo profesional o laboral con empresa extranjera: Debes acreditar una relación mínima de 3 meses con la empresa o clientes antes de presentar la solicitud.
- Ingresos mínimos (año 2025):
Titular: 2.800 € mensuales.
Primer familiar a cargo: +75 % (1.035,75 €).
Familiares adicionales: +25 % cada uno (345,33 €).
- Formación o experiencia: Se exige título universitario o una experiencia laboral mínima de 3 años.
- Seguro médico privado: Con cobertura completa en territorio español.
- Alta en Seguridad Social:
Empleados: La empresa extranjera debe inscribirse en la Seguridad Social en España.
Autónomos: Alta en el régimen RETA, salvo que pueda justificarse afiliación en país con convenio bilateral.
- Certificado de antecedentes penales: Sin antecedentes en España ni en países de residencia de los últimos cinco años.
¿Se puede trabajar para empresas españolas?
- Empleados: No está permitido trabajar para empresas españolas.
- Autónomos: Pueden dedicar hasta un 20 % de su actividad profesional a clientes establecidos en España.
¿Puedo salir del país durante la vigencia del permiso?
Sí. Puedes ausentarte de España hasta 6 meses por año natural sin perder el derecho a renovar tu residencia.
¿Te interesa solicitar este permiso o saber si cumples con los requisitos?
Podemos ayudarte con el análisis de tu perfil y la preparación completa del trámite.
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Liliana Zapata
Abogada ICAM 135119
Especialista en Extranjería y Nacionalidad