El tiempo de resolución de las modificaciones desde estancia por estudios no impide que te contraten

asesorar empresas en la contratación de empleados extranjeros

En este artículo de Liliana Zapata te contamos todo lo que necesitas saber sobre por qué el tiempo de resolución de las modificaciones desde estancia por estudios no es un impedimento para que puedan contratarte, aclarando las dudas más habituales tanto de estudiantes extranjeros como de empresas interesadas en su contratación. Analizamos el marco legal, los plazos administrativos y las situaciones en las que es posible iniciar una relación laboral aunque el trámite aún esté en proceso.

¿Por qué el tiempo de resolución de las modificaciones desde estancia por estudios no es un impedimento para que puedan contratarte?

El tiempo de resolución de las modificaciones desde autorizaciones de estancia por estudios superiores, enseñanza secundaria, actividades formativas o formación sanitaria especializada a la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena suele ser bastante extenso.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que, si recibes una oferta válida para iniciar el procedimiento es decir, un contrato indefinido a jornada completa, con una remuneración igual o superior al salario mínimo y con una empresa dispuesta a patrocinar la solicitud aportando la documentación necesaria (copia del CIF, escritura de constitución, certificados de estar al corriente de pagos, entre otros), la empresa puede contratarte incluso aunque tu Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) esté caducada o próxima a caducar.

Contratación en dos fases

Para evitar la espera de la resolución y poder incorporarte desde el inicio, la empresa puede vincularte inicialmente a través de tu permiso de trabajo como estudiante de educación superior, que permite trabajar hasta 30 horas semanales, y luego ampliar la jornada cuando la modificación esté admitida a trámite.

  1. Primer contrato:

○ Duración: 30 horas semanales.

○ Remuneración: proporcional a las horas trabajadas o conforme al convenio.

○ Condiciones: contrato válido desde la fecha de incorporación, sin cláusulas condicionadas.

  1. Segundo contrato (precontrato u oferta):

○ Duración: 40 horas semanales.

○ Condiciones: incluye una cláusula que condiciona su entrada en vigor a la resolución favorable de la modificación de estancia por estudios a residencia y trabajo por cuenta ajena inicial.

○ Este documento se presenta junto con la solicitud de modificación.

De esta forma, el primer contrato permite la incorporación inmediata y el segundo asegura la continuidad de la vinculación incluso después de la caducidad del TIE.

Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 del artículo 190 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre:

“Una vez admitida a trámite la solicitud y hasta que se resuelva el procedimiento, la autorización de estancia y, en su caso, la de los familiares, adquirirá el carácter de autorización provisional de residencia y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia o de residencia con excepción de la autorización de trabajo. La denegación de la solicitud supondrá la automática pérdida de vigencia de la autorización provisional, sin necesidad de pronunciamiento administrativo expreso. En el acuerdo de admisión a trámite se hará constar esta situación, con expresa mención a la autorización para trabajar a jornada completa.”

Esto significa que, una vez presentada la solicitud y admitida a trámite, se podrá ampliar la jornada laboral de 30 a 40 horas semanales sin necesidad de esperar la resolución del procedimiento.

Si eres estudiante y estás a punto de terminar tus estudios, o ya los has completado con aprovechamiento, y recibes una oferta laboral, pero la empresa tiene dudas sobre cómo realizar la contratación, contáctanos. Podemos ayudarte a gestionar todo el proceso de forma correcta y segura.

Autor

  • Liliana Zapata

    Abogada colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM nº 135119)

    Abogada en España y Colombia, formada en la Universidad Nebrija y la Universidad del Rosario. Especialista en Derecho Comercial y de Empresa, con un Máster en Derecho Internacional por la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Más de 10 años de experiencia en Derecho de Extranjería e Inmigración.

Compartir:

Entradas relacionadas

Liliana Zapata
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.